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ERTEs, EREs y despidos tras la crisis sanitaria

El aumento del paro y de personas afectadas por ERTE por la crisis sanitaria del Coronavirus tiene a  los trabajadores muy preocupados, y se preguntan si pueden ser despedidos después de un ERTE o si esto puede convertirse automáticamente en ERE. En despacho de Abogados Lara, resolvemos sus dudas sobre algunas consecuencias Laborales del Covid-19 sobre ERTEs, EREs y despidos:

¿Se puede despedir a un trabajador estando en ERTE?

Sí, se puede.

Lo más importante a tener en cuenta, es que el ERTE es una suspensión temporal, por lo que la relación laboral entre empresa y trabajador sigue existiendo,  lo que conlleva el poder ser despedido en cualquier momento siguiendo los cauces habituales.

Es cierto que las empresas que han hecho ERTE, en principio, no pueden despedir hasta 6 meses después de extinguirse el ERTE, pero no todo es blanco o negro.

Si un trabajador se reincorpora a la empresa después de período de ERTE, nada impide que sean despedidos. Aunque en este caso los trabajadores podrán demandar a la empresa por dicho despido.

El artículo 2 del RDL 9/2020 prohíbe que las empresas despidan por causas objetivas derivadas de la covid-19. Esto supone que si los trabajadores demandan pueden llegar a ganar la improcedencia o la nulidad del despido.

Para ello es necesario que busques auxilio jurídico,  contactando con un abogado laborista,  que te asesore sobre las posibles opciones y te ayude en el procedimiento. 

En despacho de Abogados Lara, estaríamos encantados de atenderle,  ayudarle a luchar por sus derechos, y a reclamar lo que le pertenece.

¿Puede una empresa pasar de ERTE a ERE?

No debería ocurrir, pero puede darse la situación.

Una empresa puede tras un ERTE, presentar ERE por cierre.

Si esto sucede, los trabajadores deben recibir una indemnización por despido.

La crisis provocada por el Covid-19 puede llevar a empresas a la ruina. Lo que ocasiona que los trabajadores tengan que cobrar las indemnizaciones recurriendo al FOGASA.

Para llevar a cabo la reclamación al Fondo de Garantía Salarial, en Abogados Lara contamos con amplia experiencia para hacerlo efectivo de manera telemática.

¿Me pueden despedir por tener el coronavirus?

El ser despedido por haber contraído la enfermedad, dependiendo de las circunstancias, podría ser o despido nulo o improcedente, pues no existe causa objetiva o disciplinaria que lo avale.

El dar positivo en Covid-19, es asimilable a sufrir una incapacidad temporal, por lo que el empresario no está facultado para despedirte por el hecho de padecer el virus.


Si te encuentras en esta situación, en Abogados Lara le ayudamos a conseguir la nulidad o improcedencia de su despido. Pregúntanos cualquier consulta sobre ERTEs EREs y despidos.

No dude en llamarnos al 91 642 64 34 o escribirnos por Whatsapp al 665 596 055 y concertar su primera consulta gratuita con nuestros expertos en derecho laboral.

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