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¿Cuáles son las diferencias entre separación y divorcio?

¿Cuáles son las diferencias entre separación y divorcio?

Separación y divorcio son el acuerdo de ruptura de una relación de una pareja o matrimonio. Ambos procesos conllevan el cese de la convivencia, la liquidación del régimen económico y la modificación de la relación con los hijos. La mayor diferencia recae en el vínculo matrimonial: en el divorcio se rompe, mientras que en la separación se mantiene.

En ambos casos puede decidirse la separación y divorcio con la voluntad de una de las partes, habiendo que esperar tres meses desde la celebración del matrimonio, a no ser que exista riesgo para la vida, la integridad física moral o sexual del cónyuge que lo solicita o de los hijos del matrimonio. Tampoco es necesario alegar causa alguna para tramitar la separación o el divorcio.

La separación puede ser de mutuo acuerdo, de hecho o judicial y consiste en la suspensión de la convivencia o de la vida en común, sin perjuicio de que de esa relación puedan derivarse derechos y obligaciones.

¿Qué supone mantener un vínculo matrimonial o romperlo?

Las personas separadas no podrán contraer matrimonio con otras, puesto que continúan legalmente casadas. En el divorcio, en cambio, al extinguirse el vínculo matrimonial y no habría problema para volver a casarse con terceros individuos.

La separación puede revertirse por reconciliación, el divorcio en cambio, no. Para reconstruir un divorcio habrá que celebrar un segundo matrimonio.

El divorcio solo puede formalizarse ante notario o juez, a diferencia de la separación, que podrá hacerse por esas dos vías y por separación de hecho.

¿Qué tipos de separación existen?

En caso de separación de mutuo acuerdo con menores no emancipados o con capacidades diferentes dependientes de sus progenitores, se realizará con una propuesta de convenio regulador por ambos, o uno de os cónyuges, y esta debe ser ratificada por el juez. En caso de estar las partes en desacuerdo, el juez determinará las medidas y las condiciones de la separación.

Si se tratarse de una pareja sin hijos menores o hijos a cargo la separación se formalizará a través de un documento público, presentando ante notario el convenio regulador.

¿Qué temas hay que regular en la separación y divorcio?

Tanto en la separación como en el divorcio, ya sea o no por previo acuerdo, deberán necesariamente regularse los siguientes puntos:

  • Patria potestad de los menores. Deberá buscarse siempre el interés del menor y se pactarán la guardia y custodia, alimentos, pensión de alimentos de hijos comunes, visitas, etc. En caso de existir discrepancias entre los progenitores será un juez quien se encargue de establecerlas. Es necesario que en todo caso queden estas medidas reflejadas en convenio regulador.
  • Uso y disfrute de vivienda habitual
  • Pensión compensatoria
  • Contribución cargas del matrimonio
¿En qué casos intervendría El Ministerio Fiscal?

El Ministerio Fiscal solo intervendrá cuando alguno de los esposos o de los hijos sea menor o se trate de persona afectada por enfermedades o deficiencias físicas o psíquicas que le impidan gobernarse por si misma o, en último caso, que sea una persona que haya desaparecido de su domicilio o de donde vivía habitualmente en condiciones que hayan llevado a los Tribunales a declarar que se la consideraba “ausente” a efectos legales.

En conclusión...

Si la causa de la ruptura es la intención de contraer matrimonio con otra persona, la fórmula adecuada sería el divorcio. Sin embargo, si hay intenciones de volver a reconciliarse con su cónyuge en el futuro, la vía de la separación es la más eficaz.

Como las razones de buscar un divorcio o una separación pueden ser múltiples, consulta con profesionales tu situación para que puedan aconsejarte de manera eficaz y personalizada.

En caso de tener más consultas ponte en contacto con el despacho y nuestros abogados te ayudaran en todo lo posible. Podrás encontrar a Abogados Lara en el  número de teléfono 91 642 64 34, por WhatsApp al 665 59 60 55, o por correo electrónico escribiéndonos a consulta@abogadoslara.es. ¡Conoce todas las posibilidades a tu alcance!

Atenderemos de manera gratuita en su primera consulta de manera presencial o por video llamada, con el fin de facilitarle las explicaciones necesarias sobre su caso

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