A raíz de los últimos años se ha hecho hincapié sobre la regulación respectiva a la situación de los hijos menores en caso de divorcio o separación conyugal. En el año 2005 se introdujo una nueva figura antes desconocida en nuestro Código Civil, la custodia compartida. La Sala del Tribunal Supremo en año 2013 y 2017 se pronunció al respecto concluyendo que esta postura debería ser siempre la deseable en caso de ruptura de la convivencia familiar y ha sido al tenor de dicha sentencia, que se ha venido incrementando el desempeño de dicha figura.
Según los últimos datos recogidos del Instituto Nacional de Estadística, en los casos de divorcio y separación existentes se otorgó la custodia de los hijos menores a la madre en el 65% de los casos, cifra inferior a la observada en el año anterior (66,2%). En el 4,4% de los procesos la custodia la obtuvo el padre (frente al 5,0 % del año anterior); en el 30,2% de los casos fue custodia compartida (28,3%) y en el 0,4% se otorgó a otras instituciones o familiares.
¿Cómo conseguir la custodia compartida?
Para poder solicitar la custodia compartida es necesario cumplir con una serie de requisitos.
Requisitos para solicitar la custodia compartida:
- Que los progenitores puedan crear un entorno adecuado alrededor de sus hijos y que les permita una adecuada educación.
- Ambas partes deben comprometerse a mantener buenas relaciones personales y sin conflictos, para garantizar un buen crecimiento educacional y emocional de los hijos.
- Que no existan antecedentes de violencia familiar o de género.
- El deseo de los hijos (siempre que sean mayores de 12 años y tengan el suficiente juicio para decidir si quieren vivir con los dos progenitores).
- Los horarios de trabajo y de actividades de cada progenitor.
- La cercanía de las diferentes viviendas para procurar un tipo de custodia compartida u otra.
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