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Medidas paternofiliales: puntos claves que debes conocer

Las medidas paternofiliales son las disposiciones de mutuo acuerdo o por resolución judicial, que regulan la relación entre los padres y sus hijos menores en caso de separación o divorcio. Nos referimos al ejercicio de la patria potestadguarda y custodia de los hijos y otras cuestiones.

Se encuentran reguladas por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Deben tener en cuenta los derechos de los menores. Tienen vigencia tanto para parejas de hecho como formales.

Nuestra asesora jurídica Alba Martínez habla con Onda Cero y nos aclara algunas cuestiones que nos plantean nuestros clientes cuando vienen al despacho porque ha tenido lugar la ruptura de la pareja y necesitan regular su nueva situación:

¿Es lo mismo la guarda y custodia y la patria potestad?

Es habitual que se confunda o no se conozca la diferencia entre el termino de patria potestad y el concepto de guarda y custodia de los menores. Por un lado, la patria potestad es la capacidad para decidir conjuntamente sobre los aspectos más trascendentes de la vida del menor, como pueden ser: la elección del colegio, la elección de la educación que le van a dar, si se somete o no a un tratamiento médico, la residencia del menor….Por otro lado, la guarda y custodia determina quien se va a encargar del cuidado cotidiano de los hijos, el día a día de los mismos, quién les despierta, quién los lleva al colegio, en definitiva la convivencia con los menores.

¿Qué tipos de guarda y custodia existen?

Por un lado puede desarrollarse la guarda y custodia exclusiva de uno de los progenitores, es decir, el menor convive solo con su padre o con su madre y con el otro tiene un régimen de visitas, o puede darse, que cada vez es lo más habitual y recaen más sentencias en este sentido, la guarda y custodia compartida por ambos progenitores en la que los dos conviven con los hijos comunes de igual manera, a veces por periodos semanales, a veces por quincenas, los tribunales han venido determinando que es modelo de guarda y custodia más beneficioso para los menores puesto que permite mantener los vínculos con ambos.

¿Y que ocurre con la casa familiar en el divorcio?

En este punto es interesante indicar que de quien sea propiedad la vivienda familiar pasa a un segundo plano, es decir, el Juez puede atribuir el uso de la vivienda a uno de los progenitores sin que la misma sea de su propiedad por el mero hecho de que es a quien se ha atribuido la guarda y custodia del menor o  incluso porque respecto al otro progenitor es quien tiene la peor situación económica, en este punto para solicitar que te atribuya el uso de la casa lo que debes acreditar es que tienes el interés más necesitado de protección.

¿Hay alguna posibilidad de compartir la casa familiar?

Sí, en los casos de custodia compartida en los que se considera bien que ambos progenitores tienen la misma necesidad de usar la vivienda o que por el modo de vida de los menores lo mejor es que estos permanezcan siempre en su vivienda se puede establecer el sistema denominado “casa nido” en el que los hijos residen de modo permanente en la vivienda y son los padres los que se van alternando cuando les toca su periodo de custodia.

Sin embargo, este sistema no se encuentra muy aconsejado, como se mantiene en gran parte de la jurisprudencia puesto que da lugar a mucha conflictividad al compartir una misma casa y dada la relación que suele existir entre progenitores cuando se produce una ruptura, pero es una opción que hay gente que desea elegir puesto que no pueden buscar otra vivienda.

¿Y en cuanto a las visitas y comunicaciones con los hijos qué debemos tener en cuenta?

Pues justamente ahora que llega el verano es importante tratar este tema, cuando redactamos el convenio regulador de medidas debemos hacer un buen régimen de visitas y comunicaciones, nosotros a nuestros clientes siempre les explicamos las opciones más habituales hasta encontrar la que más se ajuste a sus necesidades.

Hay regímenes de visitas más amplios que incluyen visitas intersemanales y otros que simplemente atribuyen visitas de fin de semana quincenales. La distribución de las vacaciones, como decía, es un tema que si no se deja bien aclarado puede traer conflictos, se debe determinar como se van a repartir, a qué padre le va a corresponder cada periodo, donde y cuando serán las entregas y recogidas, y no se debe olvidar que durante este periodo quien no esta con sus hijos tiene derecho a comunicaciones con los mismos y a conocer el destino de vacaciones donde se encuentran.

Conceptos que debes conocer en las medidas paternofiliales:

Régimen de estancias o visitas

El régimen de visitas dependerá de si se ejerce una custodia compartida o una  custodia exclusiva. En ambos modelos de custodia, existirá un periodo vacacional de navidades, Semana Santa o verano.

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos es la cuantía económica que debe satisfacerse a favor de los hijos, y su forma de abono dependerá de si es una custodia compartida o una custodia exclusiva.

Pensión compensatoria

La pensión compensatoria es una prestación que recibe uno de los ex cónyuges de parte del otro, cuando la ruptura de la pareja crea un desequilibrio económico respecto de la situación que tenía antes de la separación.

Formas de comunicación 

Es una de las regulaciones menos conocidas que podemos incluir en las medidas paternofiliales, las formas de comunicación con uno de los padres cuando este con el otro.

Medidas paternofiliales urgentes

Las medidas paternofiliales urgentes son aquellas que se toman previo a una demanda de divorcio o de una separación de pareja de hecho.

La decisión sobre las medidas a adoptar la tomará un Juez y se dispone de 30 días para formalizar la demanda de las medidas paternofiliales definitivas.

Medidas coetáneas paternofiliales (provisionales)

Son las medidas paternofiliales que haremos constar en la demanda de divorcio, la separación o en la ruptura de la pareja no casada

En estos casos la mejor opción es que exista mutuo acuerdo entre los progenitores, ya que el procedimiento será más sencillo y bastante rápido; como sucede en cualquier procedimiento de divorcio con hijos, aunque en esa situación, hay que valorar otros aspectos además de los que conciernen a los hijos, si es tu caso seguramente te interese nuestro articulo “Cuando el matrimonio estalla ¿Qué puedo hacer?”.

En caso de tener más consultas ponte en contacto con el despacho y nuestros abogados te ayudaran en todo lo posible. Podrás encontrar a Abogados Lara en el  número de teléfono 91 642 64 34, por WhatsApp al 665 59 60 55, o por correo electrónico escribiéndonos a consulta@abogadoslara.es. ¡Conoce todas las posibilidades a tu alcance!

Atenderemos de manera gratuita en su primera consulta de manera presencial o por video llamada, con el fin de facilitarle las explicaciones necesarias sobre su caso.

Alba Martínez

Alba Martínez

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